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Declaración de derechos del paciente

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Por ley, de conformidad con el estado de Massachusetts y los centros de servicios de Medicare y Medicaid, se requiere la siguiente información según 42 CFR 416.50 como parte de nuestras condiciones de cobertura para la acreditación.

DECLARACIÓN DE DERECHOS DEL PACIENTE

1. Esperar ser tratado con respeto, consideración y dignidad por parte del personal competente.

2. Garantizar el tratamiento confidencial de la divulgación de los registros y tener la oportunidad de aprobar o rechazar la divulgación de dicha información, salvo que la ley o un contrato de pago con terceros permitan lo contrario y cuando la ley exija la divulgación.

3. Tener acceso a la información contenida en su historia clínica, a menos que el médico tratante restrinja específicamente el acceso por motivos médicos.

4. Tener en cuenta la privacidad en relación con su propio programa de atención médica. La discusión, la consulta, el examen y el tratamiento del caso se consideran confidenciales y se llevarán a cabo de manera discreta.

5. Conocer el nombre y la función de cualquier persona que preste servicios de salud al paciente.

6. Saber cuáles son las normas y reglamentos del centro que se aplican a su conducta como paciente.

7. Esperar que los procedimientos de emergencia se implementen sin demoras innecesarias.

8. Tener una atención de buena calidad y altos estándares profesionales que se mantengan y revisen continuamente.

9. Conocer los nombres y las relaciones profesionales de otros médicos que puedan atenderlo en ausencia de su médico tratante.

10. Recibir, en la medida en que se conozca, en términos sencillos, información sobre su diagnóstico, tratamiento y pronóstico. Cuando no sea aconsejable desde el punto de vista médico proporcionar dicha información al paciente, la información se pondrá a disposición de la persona adecuada en su nombre.

11. Salvo en casos de emergencia, haber recibido el consentimiento informado necesario antes del inicio de un procedimiento.

12. Tener la oportunidad de participar en las decisiones relacionadas con su atención médica.

13. Solicitar una segunda opinión.

14. Esperar una respuesta razonable a cualquier solicitud razonable de servicio que pueda hacer.

15. Rechazar el tratamiento (medicamentos, procedimientos, etc.) en la medida en que lo permita la ley y estar informado de las consecuencias médicas de sus acciones.

16. Esperar la comunicación en el idioma que entiende.

17. Esperar un trato sin distinción de raza, color, credo, religión, sexo, origen nacional o fuente de pago, excepto por la capacidad fiscal de los mismos.

18. Esperar que se implementen buenas técnicas de gestión en la instalación. Estas técnicas deben aprovechar de manera efectiva el tiempo del paciente y evitar su malestar personal.

19. En caso de traslado a otro centro u hospital, se notificará a la persona responsable. Se notificará a la institución a la que se va a trasladar al paciente antes del traslado del paciente.

20. Conocer los servicios disponibles, como las disposiciones para la atención fuera del horario laboral o de emergencia, el material educativo disponible y las políticas relativas al pago de las tasas.

21. Esperar que el centro proporcione información sobre los requisitos de atención médica continua después del alta y los medios para cumplirlos.

22. Examinar y recibir una explicación de su factura, independientemente de la fuente de pago.

23. Esperar una continuidad razonable de la atención y saber de antemano la hora y el lugar de las citas.

24. Designar cualquier área donde sea atendido o tratado como áreas para no fumadores.

25. Abandonar el centro incluso en contra del consejo de su médico.

26. Que todos los derechos de los pacientes se apliquen a la persona que pueda tener la responsabilidad legal de tomar decisiones sobre la atención médica en nombre del paciente.

27. Ser informado de sus derechos en el momento de la admisión.

28. Estar libre de toda forma de abuso o acoso.

29. Ejercer sus derechos sin ser objeto de discriminación o represalias.

30. El paciente tiene derecho a negarse a participar en la investigación.

DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD DEL PACIENTE

1. Proporcionar, según su leal saber y entender, información precisa y completa sobre las quejas actuales, las enfermedades pasadas, las hospitalizaciones, los medicamentos y otros asuntos relacionados con su salud.

2. Participar en las decisiones de atención médica y seguir el plan de tratamiento descrito por el profesional responsable de su atención. Esto incluye seguir las instrucciones de los médicos, enfermeros y otro personal de atención médica, llevar a cabo el plan de atención y hacer cumplir las normas y reglamentos del centro.

3. Para garantizar que las obligaciones financieras de su atención médica se cumplan lo antes posible y, en caso de dificultades financieras, hacer todos los esfuerzos razonables para cumplir con cualquier plan de pago financiero acordado.

4. Por sus acciones si rechaza el tratamiento o no cumple con el plan de tratamiento recomendado por su médico.

5. Conocer las normas y reglamentos del Centro que afectan a su cuidado y conducta, y seguir las normas y reglamentos de ese Centro.

6. Por considerar los derechos de otros pacientes y del personal del centro, y por ayudar a controlar el ruido y el tabaquismo.

7. Por ser respetuoso con la propiedad de otras personas y con la Instalación.

8. Para dar a conocer a su médico, enfermero tratante u otro personal de atención médica cualquier inquietud o queja que pueda tener.

9. Para asegurarse de que comprende toda la información sobre las implicaciones de sus síntomas, su cirugía o procedimiento (si corresponde) y cualquier riesgo relacionado con la cirugía o el procedimiento o el rechazo de dicha cirugía o procedimiento, los resultados esperados del plan de atención descrito por este médico y sus responsabilidades con respecto a ese plan de atención.

10. Designar un representante de atención médica y una directiva completa y anticipada, de modo que sepamos qué tipo de atención desea recibir, en caso de que no pueda decírnoslo.

PARA PRESENTAR UNA QUEJA:

Si tiene alguna pregunta o inquietud, no dude en ponerse en contacto con:

Matt Kaminske
Vicepresidente de Operaciones
205 Estacionamiento
Quincy, Massachusetts 02169
617-820-5968

Además, las quejas o inquietudes también pueden dirigirse a:

Asociación de Acreditación del Departamento de Salud Pública de MA para el Commonwealth de
Massachusetts

Junta de Registro de Medicina de la División de Atención Médica Quality Ambulatory Health Care, Inc.

Unidad de Quejas 1-847-853-6060 División de Calidad y Seguridad del Paciente

1-617-753-8000 5250 Old Orchard Road 781-876-8296

99 Chauncy Street, suite 200, Harvard Mill Square, suite 330

Boston, Massachusetts 02111 Skokie, Illinois 60077 Wakefield, Massachusetts 01880

Si es beneficiario de Medicare, puede comunicarse con:

MassPro24 5 W es n t e r S t r e e t
Waltham, Massachusetts 024 51
800-252-5533
En línea: www.masspro.org
BPC-D057-160210

La ley de salud y seguridad de Massachusetts con respecto a las directivas avanzadas:

Las directivas anticipadas de Massachusetts protegen su derecho a rechazar el tratamiento médico que no desea o a solicitar el tratamiento que sí desea, en caso de que pierda la capacidad de tomar decisiones por sí mismo.

El estado de Massachusetts no tiene específicamente un estatuto de testamento vital o directiva médica anticipada. Según el capítulo 201D, la Ley General de Massachusetts tiene una ley que permite la designación de un apoderado de atención médica.